
Descuentos
Pasos a seguir para la solicitud de asignación o renovación de código
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Imprima el “Reglamento para la asignación, renovación y manejo de códigos para el descuento por nómina de los pensionados del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional – FOPEP”, actualizado año 2012.
Ir al Reglamento.
¿Cómo puede solicitar el pensionado la no aplicación de descuentos sobre sus mesadas?
Fopep acepta solicitudes de los pensionados respecto a la restricción de descuentos, en atención de lo cual agrega una marca en el sistema que evita el ingreso de nuevas novedades de descuento, diferentes a órdenes judiciales, sobre la mesada pensional.
Proceso de asignación y renovación de códigos de descuento año 2012
El Consorcio Fopep les recuerda que el proceso de asignación y renovación de códigos de descuentos para el periodo 2012-2013, se realizará del 2 al 15 de mayo de 2012, el cual presenta la siguiente modificación:
La documentación exigida se debe remitir a través de Correo Nacional, así el envío se realice desde la ciudad de Bogotá, teniendo en cuenta el dígito de verificación del NIT asignado a su entidad, según el cronograma establecido a continuación:
Fechas y horarios para el trámite de libranzas
La recepción, procesamiento y entrega de resultados de descuentos para aplicar sobre la nómina administrada por el FOPEP, tendrá una periodicidad semanal, así:
Para los documentos que se radican en el FOPEP, a través de las personas autorizadas por la entidad en el anexo N° 6:
- LUNES (o siguiente día hábil en caso de lunes festivo) en horario de 7:30 am a 10:30 am:
Recepción de descuentos, libranzas y paz y salvos. - VIERNES en horario de 8:00 am a 12:00 m:
Entrega de resultados mediante archivo plano, a través del correo electrónico registrado por la entidad mediante el anexo N° 6.
Fechas para renovación y asignación de códigos de descuento
Las fechas establecidas son las siguientes:
- Renovación: Cada año en el período comprendido entre el 2 y el 15 de mayo.
- Asignación: Cada año en el período comprendido entre el 2 y el 15 de mayo.
Las entidades que no realicen ésta presentación dentro de las fechas establecidas, unicamente podrán hacerlo el siguiente año, en el mismo período.





