
Nuevos servicios, para su beneficio
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- Lunes 05 Marzo de 2012
A partir de marzo de 2012, ponemos a su disposición otras maneras de comunicarnos con usted para orientarlo o recordarle información importante relacionada con el pago de su pensión.
A través de nuestra página www.fopep.gov.co, podrá utilizar el Chat Fopep para contactarse en linea y de manera escrita con un asesor de servicio calificado, que le ayudará a resolver todas sus inquietudes.
Además si usted tiene registrado su celular en la base de datos Fopep, podremos mandarle mensajes cortos a su teléfono movil, recordando cobros pendientes, la actualización de su supervivencia, entre otros temas.
Esperamos que con estos dos nuevos servicios, pueda acceder a información de su interés, sin salir de su casa.
Presente su supervivencia cada 90 días
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- Miércoles 15 Diciembre de 2010
Si usted cobra por la modalidad abono en cuenta, es necesario presentar cada 90 días su supervivencia, el mismo día, cada mes que le corresponda o el día hábil anterior.
Ej. Si realizó la presentación el 12 de marzo, entonces le correspondería hacerlo nuevamente el 10 de julio (el 12 es un día no hábil), el 12 de septiembre y el 12 de diciembre.
De esta manera evitará que su pago sea trasladado de su cuenta a la modalidad ventanilla en un banco cercano al suyo.
Un consejo para la familia del pensionado
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- Domingo 21 Noviembre de 2010
Es fundamental que los familiares de un pensionado que fallece, informen inmediatamente del suceso tanto al FOPEP como a la EPS. Se debe remitir copia del Registro de Defunción a la carrera 20 No.39-32 Bogotá o al fax No. 232 0755, para que se emita la certificación de última mesada.
Bajo esta circunstancia, si quedan mesadas pendientes de cobro, ya sea en ventanilla o consignados en una cuenta posterior a la fecha de fallecimiento, tales recursos deben ser devueltos por parte del banco al FOPEP, quien a su vez los reintegrará a la Dirección del Tesoro nacional, para que luego sean cancelados a las personas que acrediten el derecho ante la entidad reconocedora de la pensión.
¡Actualice sus datos para estar en contacto!
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- Martes 19 Octubre de 2010
Para comunicarnos con usted en el momento indicado y garantizar que disfrute de sus mesadas sin ningún contratiempo, es muy importante conocer sus datos personales.
Por este motivo, le invitamos a que en el momento que cambie algún dato personal como su dirección de residencia, municipio y departamento, teléfono fijo, celular o dirección de correo electrónico; lo informe a FOPEP lo más pronto posible o diligencie clara y completamente el formato que encuentra a continuación y envíelo por correo a la carrera 20 No.39-32 en Bogotá o escaneado a través del correo electrónico JLIB_HTML_CLOAKING .
Mesada Catorce
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- Martes 15 Junio de 2010
Los pensionados cuyo derecho a la pensión se haya causado a partir de la entrada en vigencia del Acto Legislativo 01 de 2005 por medio del cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución Política; no podrán recibir más de 13 mesadas al año. La mesada adicional a la que tiene derecho será págada en la nómina del mes de noviembre cada año.
Si los pensionados reciben una pensión igual o inferior a 3 salarios mínimos vigentes y ésta fue causada antes del 31 de Julio de 2011, tendrán derecho a 14 mesadas al año. Para estos casos las mesadas adicionales serán pagadas en las nóminas de junio y noviembre de cada año y se verán reflejadas en el mismo cupón de pago de la mesada normal.





