Pensionados en el exterior

Enví­o de documentos

Los pensionados que se encuentran en el exterior, de manera temporal o definitiva, y que requieran realizar el envío del Certificado de Supervivencia, o autenticar algún documento requerido por el FOPEP, deben remitirse a la entidad con representación Consular Colombiana que exista en el país donde se encuentran.

Legalización

legalizacionSegún el Artículo 259 del Código de Procedimiento Civil, los documentos que el Cónsul expide en calidad de notario como son los reconocimientos de firmas en documentos privados (poderes, autorizaciones, compromisos, acuerdos, etc.); podrán ser presentandos ante personas naturales y jurídicas de derecho público y privado, sin necesidad de ser avalados  por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Por lo anterior, las supervivencias pueden ser enviadas directamente al FOPEP a través del correo electrónico JLIB_HTML_CLOAKING o el fax No. 2320755 y de esta manera, se le informará al banco en el que cobra su mesada.

Apostille

El Apostille es el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título de la persona firmante del documento.

Los pensionados que realicen la autenticación de firma o supervivencia ante notario del estado o ciudad donde se encuentran deben cumplir con este requisito.

Si desea consultar más información sobre Apostille consulte la explicación del Ministerio de Relaciones Exteriores.