Aportes a Salud Residentes en el Exterior

Señor pensionado, s...

Aportes a Salud Residentes en el Exterior

Señor pensionado, si usted requiere que se modifique el aporte al Sistema General de Seguridad Social en Salud al 0% o a Tarifa Plena, es importante que radique la solicitud a través de nuestra página web, antes del 4° día hábil del mes, ya que después de esta fecha los cambios aplican a partir de la siguiente nómina.

Si usted es Residente PERMANENTE en el Exterior, no posee beneficiarios en territorio nacional y desea efectuar el cambio de sus aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud de tarifa plena (dependiendo del rango salarial: 4%, 10% o 12%) al 0%, debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

Requisitos para Cambio de Aportes de tarifa plena al 0%
Requisitos para Cambio de Aportes de tarifa plena al 0%

Para efectuar el cambio de aportes en salud de tarifa plena al 0%, es necesario que realice los siguientes pasos:

  1. Diligencie el formato Modificación porcentaje tarifa plena al 0%, imprímalo y adjúntelo a través de Contáctenos PQRSD, con los siguientes documentos:
  • Copia de la comunicación mediante la cual solicitó a su EPS la suspensión de la afiliación por su residencia fija en el exterior. Puede realizar la solicitud a su EPS a través de los siguientes canales:
    • Físico (carta con recibido de la EPS)
    • PQRS de la EPS
    • Correo electrónico de la EPS
    • Portal Transaccional (https://miseguridadsocial.gov.co/)
    • Demás canales virtuales con los que cuente su EPS
  • Copia del soporte en el que se evidencie la salida del país: Supervivencia o tiquete aéreo con fecha de regreso mayor a 6 meses.
  • Si es la primera vez que sale del país de manera PERMANENTE, lo invitamos a diligenciar por única vez el formato Presentación Supervivencia

NOTA: Tenga en cuenta que para realizar el cambio de aportes al 0% para pensionados Residentes en el Exterior de manera permanente usted deberá acogerse conforme con lo estipulado en El Decreto 780 del 6 de mayo de 2016, en su Artículo 2.1.3.17


Requisitos para Cambio de Aportes del 0% a tarifa plena
Requisitos para Cambio de Aportes del 0% a tarifa plena

Para efectuar el cambio de aportes en salud del 0% a tarifa plena (dependiendo del rango salarial: 4%, 10% o 12%), es necesario que realice los siguientes pasos:

  • Informe con dos (2) meses de anticipación, tanto a la EPS como al Consorcio FOPEP acerca de la fecha de su regreso definitivo al país, con el fin de normalizar los descuentos de aportes a Salud y de esta manera evitar inconvenientes en la prestación de servicios al momento de ser requeridos por el cotizante o sus beneficiarios.
  • Diligencie el formato de Modificación porcentaje del 0% a tarifa plena.
  • Esta solicitud podrá realizarla a través de la opción “Contáctenos PQRSD

Lo anterior, teniendo en cuenta que el cambio de aportes por concepto de salud a tarifa plena, aplicará en el mes subsiguiente de haber informado el regreso al país.


Formatos para Diligenciar


Información de Interés

Aportes a Salud Residentes en el Exterior

¿CUANDO INFORMAR A SU EPS EL RETIRO DEL PAÍS?

El Decreto 780 del 6 de mayo de 2016, en su artículo 2.1.3.17 establece:

Artículo 2.1.3.17. Terminación de la inscripción en una EPS. La inscripción en la EPS en la cual se encuentra inscrito el afiliado cotizante y su núcleo familiar, se terminará en los siguientes casos:

Numeral 5. Cuando el afiliado cotizante y su núcleo familiar fijen su residencia fuera del país y reporten la novedad correspondiente a la EPS o a través del Sistema de Afiliación Transaccional.

Parágrafo 1. Cuando el afiliado cotizante y su núcleo familiar fijen su residencia fuera del país deberán reportar esta novedad a más tardar el último día del mes en que ésta se produzca y no habrá lugar al pago de las cotizaciones durante los periodos por los que se termina la inscripción.

Cuando el afiliado regrese al país deberá reportar la novedad al Sistema de Afiliación Transaccional mediante la inscripción en la misma EPS en la que se encontraba inscrito y reanudar el pago de sus aportes.

Parágrafo 2. Hasta tanto entre en operación el Sistema de Afiliación Transaccional, las novedades previstas en el presente decreto deberán reportarse directamente a la EPS.

Teniendo en cuenta lo anterior, para los pensionados marcados  como residentes en el exterior, que soliciten la suspensión de los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud, no se les aplicará descuento a salud, es decir su aporte será al 0%.

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