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¿Puedo solicitar el levantamiento de un embargo sobre mi pensión con una copia del oficio emitido por el Juzgado?

No, el Consorcio FOP...

No, el Consorcio FOPEP 2022, en su calidad de administrador fiduciario del FOPEP, únicamente tramita órdenes de aplicación, modificación y levantamiento de medidas de embargo con documentos que cumplan uno de los siguientes requisitos:

  1. Oficio remitido en original y físico, el cual debe allegarse a las instalaciones del Consorcio FOPEP.
  2. Oficio remitido a través del correo institucional del despacho judicial, enviado al correo de notificaciones judiciales del Consorcio FOPEP (notificacionesjudiciales.consorcio@fopep.gov.co)
  3. Oficio remitido en documento PDF legible que permita la validación de firma electrónica en la página de la Rama Judicial, el cual debe ser enviado al correo de notificaciones judiciales del Consorcio FOPEP. (notificacionesjudiciales.consorcio@fopep.gov.co)

Si se trata de un oficio en medio digital expedido por el Juzgado con firma electrónica, para su validación y trámite debe remitirse el archivo original, de lo contrario no será posible validar la firma electrónica y darle el trámite esperado.

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