¿Si requiero una copia de los oficios mediante los cuales me ha sido decretado el embargo de mi mesada pensional, puedo solicitarla a la entidad pagadora del FOPEP?

Inicialmente, las ó...

Inicialmente, las órdenes judiciales deben ser solicitadas directamente ante el Juzgado que las haya emitido, sin embargo, de ser necesario pueden solicitarse ante el FOPEP, esto siempre y cuando el oficio no tenga una antigüedad superior a 3 años. Es de aclarar que existen oficios que nunca fueron entregados en físico al FOPEP, ya que la nómina era pagada antes por otra entidad y al momento de ser recibida la información por el FOPEP se hizo entrega de los datos de los pensionados (valores a cancelar y medidas de embargo y de libranzas) en un archivo plano (el cual solo contiene información alfanumérica), por lo cual, si se requiere copia de un oficio cuya información fue suministrada por este medio o porque tiene una antigüedad superior a 3 años, estos documentos deberán ser solicitados directamente al Despacho Judicial.

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